PATRÓN EMBARCACIONES DE RECREO
En Clínica Salud queremos darle las facilidades necesarias, para la obtención del Certificado Médico imprescindible, para obtener la Licencia de Patrón de Embarcaciones de Recreo y Patrón de Yate.
Las normativas aplicables para los certificados médicos necesarios para la obtención de la licencia de patrón de embarcaciones de Recreo son:
ORDEN FOM 3200-2007 Embarcaciones de Recreo. por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Patrón de Embarcaciones de Recreo. Resolución de 30 de diciembre de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se desarrolla la Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. BOE núm. 8 de 9 de enero de 1998.
Este título permite el gobierno de cualquier tipo de moto náutica, en las zonas delimitadas para ello y el gobierno de embarcaciones de hasta doce metros de eslora, en la zona de navegación comprendida entre la costa y la línea paralela trazada a 12 millas, así como la navegación entre los archipiélagos.
En Clínica Salud podrás llevarte en el acto tu Certificado Médico para Patrón de Embarcaciones de Recreo acreditativo para la tramitación de los títulos de navegación de recreo.